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¿Qué es el impuesto a la renta?

Se acerca la fecha para realizar la declaración Anual  y si adquiriste una propiedad en el último año y piensas  alquilarlo deberás tener en cuenta estos conceptos que harán parte de tu vida financiera:

Impuesto a la Renta de Persona Natural

Para empezar es importante saber que el Impuesto a la Renta es un tributo que se determina anualmente. Su ejercicio se inicia el 01 de enero y finaliza el 31 de diciembre. Este Impuesto grava los ingresos que provienen del arrendamiento (alquiler), enajenación u otro tipo de cesión de bienes inmuebles y muebles (explotación de un capital), o de la enajenación (transferencia) de acciones y demás valores mobiliarios (ganancias de capital) y/o del trabajo realizado en forma dependiente e independiente.

Para la determinación del Impuesto a la Renta de Personas Naturales que no realizan actividad empresarial, se han separado las rentas  desde Primera a Quinta categoría y vamos a darle énfasis a esta primera que es la que nos interesa como propietarios y arrendatarios de una propiedad.

Impuesto de Renta de Primera Categoría: Son las rentas reales (en efectivo o en especie) del arrendamiento o sub – arrendamiento, el valor de las mejoras, provenientes de los predios rústicos y urbanos o de bienes muebles.


SON RENTAS DE PRIMERA CATEGORÍA:

Arrendamiento (alquileres) de predios: Ingresos obtenidos por el alquiler de predios (terrenos o edificaciones), así como el importe pactado por los servicios suministrados por el arrendador (persona que da en alquiler) y el monto de los tributos que tome a su cargo el arrendatario (inquilino) y que legalmente corresponda al arrendador.

Tratándose de subarrendamiento, la renta bruta está constituida por la diferencia entre el alquiler que el subarrendatario le paga al subarrendador y el monto que éste deba abonar al propietario.

Esta presunción no será de aplicación cuando se trate de las transacciones previstas en el numeral 4 del artículo 32 de la Ley del Impuesto a la Renta (valor de mercado), o previstas en el artículo 32-A de dicha Ley (precios de transferencia).

Cesión temporal de bienes muebles e inmuebles: Los ingresos obtenidos por la locación o cesión temporal de bienes muebles o inmuebles (distintos de predios), así como los derechos sobre éstos o sobre los predios.

Mejoras incorporadas: El valor de las mejoras incorporadas en el bien por el arrendatario o subarrendatario (inquilino), en tanto constituyan un beneficio para el propietario y en la parte que éste no se encuentre obligado a reembolsar.

Cesión gratuita de predios: En caso ceda un predio gratuitamente o a precio no determinado, se deberá declarar como Renta Ficta un porcentaje del valor de adquisición,  importe que debe considerarse como ingreso bruto.

Si existiera copropiedad de un predio, no será de aplicación la renta ficta cuando uno de los copropietarios ocupe el predio, tenga la posesión o ejerza alguno de los atributos que confiere la titularidad del bien.

Cesión gratuita de bienes muebles o inmuebles distintos de los predios: En caso ceda un bien mueble o inmueble distinto de un predio, se deberá declarar como Renta Ficta un porcentaje del valor de adquisición, producción, construcción o de ingreso al patrimonio de los referidos bienes, importe que debe considerarse como ingreso bruto.

Hace unos días la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) estableció las disposiciones y formularios para la declaración anual del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondientes al ejercicio 2014, que deberá realizarse desde el 24 de marzo con las personas cuyo RUC culmine con el número cero y finalizará el 8 de abril con los contribuyentes que tengan el 9 como último dígito en su RUC.

Las personas naturales no utilizarán el Programa de Declaración Telemática (PDT) sino que deberán cumplir con esta obligación tributaria a través de Internet utilizando el Formulario Virtual N°691: Se incluye a quienes obtienen Rentas de Primera Categoría (alquiler de uno o más bienes muebles o inmuebles) o Segunda Categoría (proveniente de ganancias de sus inversiones de capital), siempre que tengan saldo a favor del Fisco o el monto de su ingreso anual por dichas rentas haya sido mayor a los S/. 25,000 en el 2014.

Los contribuyentes pueden resolver sus dudas en el portal de Sunat o al 0-801-12-100 (desde teléfonos fijos) y al (01) 315-0730 (desde celulares). También pueden solicitar orientación en los Centros de Servicios al Contribuyente.


Importante:

Existe la obligación de declarar y pagar, así el inquilino no hubiera cancelado el monto del alquiler.

Predio:

Se entiende por «predio» a las divisiones materiales que se hacen del suelo para su apropiación por el hombre. De otro lado, se entiende por «predio urbano» al inmueble que, aún dentro de las poblaciones, está dedicada a uso agrícola, forestal o pecuario, inclusive sus construcciones y edificios, aunque éstos, total o parcialmente, se destinen a vivienda. Finalmente, se entiende por «predio urbano» al que está situado en centro poblado y se destina a vivienda o a cualquier otro fin urbano, así como los terrenos sin edificar que tengan todas las obras de habilitación urbana consideradas en la respectiva licencia de urbanización.

Fuente: www.renta2013.pe, www.sunat.gob.pe, gestion.pe/economia/sunat-aprueba-disposiciones-declaracion-y-pago-impuesto-renta-2120051


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10 pasos a seguir para comprar o vender un inmueble

1.- Busca un agente inmobiliario de tu confianza, pues te ahorrará tiempo y dinero. Ellos tienen una amplia cartera de propiedades y clientes, conocen los precios del mercado, te ayudan con los trámites y actúan como intermediarios entre el comprador y el vendedor. También puedes vender tu mismo la propiedad directamente, lo que requerirá de tu dedicación y tiempo.

2.- Oferta Final. Una vez que has encontrado la propiedad deseada, el agente inmobiliario (o tu) negociará con los propietarios tu oferta sobre el inmueble y probablemente recibirás una contraoferta, hasta llegar a una cifra conveniente para ambos. El agente es un intermediario neutral. Su interés está puesto en que la negociación culmine con éxito y debe de llevarla a un punto medio en el cual se beneficien ambos: comprador y vendedor.

3.- Documentos. Una vez aceptada la oferta, el comprador debe pedir los siguientes documentos:
-Certificado de Gravamen
-Títulos de Propiedad
-Declaración de Autoavalúo Municipal
Estos tres documentos deben ser revisados por un abogado.

4.- Contrato de Arras o una Minuta de Compraventa. Una vez que se verifica con los Títulos de Propiedad que el vendedor es realmente el dueño y con el Certificado de Gravamen se comprueba que la propiedad no tiene ninguna hipoteca, embargo o cualquier otra carga que impida su venta, se procede a hacer un Contrato de Arras o una Minuta de Compraventa.

El Contrato de Arras es un documento por el cual el comprador entrega el 10% (negociable) del precio de venta acordado. Este contrato debe especificar el precio de la venta, los plazos para hacer la minuta y escritura y la fecha de entrega de las llaves del inmueble. En los Contratos de Arras Confirmatorias, si el cliente desiste de comprar, pierde las arras, y si el vendedor desiste de efectuar la transacción, tiene que devolver las arras por el doble de su valor (10% x 2, condiciones establecidas en el código civil).

5.- La Minuta o Contrato de Compraventa es el documento mediante el cual se transfiere la propiedad del bien, y de acuerdo a la ley peruana, debe ser firmada por un abogado. Apenas se firma la minuta, se debe solicitar el bloqueo de la propiedad al notario.

6.- La entrega de Llaves de la Propiedad. La Minuta de Compraventa se lleva ante un notario para que dé fe de los pagos y la eleve a Escritura Pública. Al momento de firmarse la escritura, se cancela el precio total de la transacción, previa entrega, por el vendedor, de todos los recibos pagados hasta esa fecha, tales como luz y agua, y teléfono y mantenimiento si fuera el caso; también los arbitrios municipales cancelados hasta el momento de la transacción y el impuesto predial por el año completo. En ese momento se hace entrega de las llaves al nuevo propietario.

7.- Inscripción en Registros Públicos. El notario debe inscribir esta escritura en la Oficina Registral de Lima y Callao para que la propiedad figure legalmente a nombre del comprador.

8.- Alcabala. Dentro de los 3 días de la fecha de la minuta, el vendedor debe descargar esta propiedad en la municipalidad que corresponda y el comprador la inscribirá a su nombre. En caso de que el inmueble sea nuevo, el comprador pagará el Impuesto General a las Ventas (IGV); si es una segunda venta, pagará el Impuesto de Alcabala en la municipalidad, que es equivalente al 3% del valor del autoavalúo.

9.- Gastos notariales. Todos los gastos notariales y registrales, de acuerdo a la ley peruana, corresponden al comprador.

10.- Honorarios del agente inmobiliario. Los honorarios o comisión del agente inmobiliario corresponden al vendedor y se basan en un porcentaje del valor de venta del inmueble, actualmente es mínimo aprox. 3%.

Fuente: upsjb.edu.pe


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4 cláusulas que tu contrato de alquiler posiblemente no incluye

Seguro ya habrás escuchado de lo importante que es leer cada letra incluida en el contrato, pues ciertos aspectos de tu estilo de vida no serán tomados en cuenta o podrían tener cláusulas que los prohíban, lo que podría afectar tu tranquilidad si no se resuelven antes de firmar.

Echa un vistazo a los siguientes ejemplos y, recuerda que, la mayoría de los propietarios querrán proporcionarte lo que necesitas y negociarán términos aceptables que convengan a ambas partes.

Mascotas

Muchos propietarios realizan contratos en los que prohíben tener mascotas. Si eres amante de los animales y ya tienes un perro o gato al momento de firmar tu contrato, puedes negociar una cláusula en la que se incluya el tipo de mascota, raza, peso y otras características que estés dispuesto a respetar.

Si quieres adquirir una mientras ya estás rentando, pídele al propietario que incluya una cláusula en la que agregue esta situación.

Control de plagas

Muchos inquilinos asumen que el control de plagas viene incluido en cualquier contrato de alquiler, pero no siempre es el caso. Si en algún momento eres invadido por una molesta plaga, puedes terminar pagando el servicio completo de fumigación. Para salvarte de los costos futuros, pide al propietario que incluya este punto en el contrato. Debe cubrir los métodos de prevención regulares y deberá especificar quién pagaría por la fumigación.

Visitas

Las cláusulas sobre límites en el número de visitas, (familiares que alojas y/o por los espacios de estacionamiento) vienen incluidos en algunos contratos. La mayoría de los propietarios en realidad no hacen cumplir esta política, pero algunos otros sí y, esto podría ser un problema si tienes un miembro de la familia o una pareja que pasa varias noches a la semana en tu vivienda. Por ello, sería una buena idea hablar con tu casero, hacerle saber que tendrás algunos huéspedes a menudo y pedir una cláusula que convenga a ambos.

Estacionamiento

A menudo, es un tema que no se contempla en el contrato de arrendamiento, pero si anteriormente visitaste la vivienda y te has dado cuenta que esto podría dar pie a discusiones, pues son lugares compartidos, lo mejor es que pidas al propietario que te asigne un lugar fijo.

Fuente: metroscubicos.com


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Más de la mitad de limeños desea comprar un lote y construir su casa, revela reciente estudio de Capeco

Para Sofía, una costurera de 34 años, la casa perfecta no solo es una vivienda que tenga dormitorios y servicios básicos. Ella acaba de adquirir un lote donde construirá su domicilio y también un taller para atender a sus clientes. Para decidirse por comprar el predio, tomó en cuenta que quede cerca de bancos, colegios y centros comerciales. Y es que un sector de limeños busca propiedades a las que pueda dar varios usos. Así lo revela el estudio «Mercado de edificaciones urbanas en Lima Metropolitana y el Callao 2014», de la Cámara Peruana de Construcción (Capeco).

La investigación revela que el 53,19% de la demanda efectiva de viviendas está orientada a lotes sin construir con servicios básicos, el 23,8% a departamentos y el 15,3% a casas.

Para el arquitecto Pedro Hurtado jefe de proyectos de la consultora inmobiliaria Plusvalía, este resultado refleja la idiosincrasia de un sector de la población que prefiere construir su hogar según sus gustos y preferencias. Además, tener una casa les permite ayudar a sus hijos, en caso decidan levantar un piso adicional para mudarse solos o con su pareja.

Hurtado aclara que comprar un lote no siempre es más barato que un departamento. Todo depende de la cantidad de metros que se ejecutará, de la calidad de los acabados y de los sistemas con los que se equipará la propiedad. La ventaja es que se vivirá con mayor privacidad, en comparación con un edificio multifamiliar.

Lo que marca la diferencia es la proximidad del inmueble al trabajo es el principal atributo que buscan los compradores, con el 19% de la preferencia. En segundo lugar está la búsqueda de zonas céntricas con acceso a movilidad y áreas verdes, con 17%; le sigue la proximidad a la familia, con 16%; y que la zona sea tranquila, 13%. Pilar Cano, jefa de ventas de la inmobiliaria La Venturosa, explica que hasta hace unos tres años, la principal preocupación de las personas era vivir cerca de sus seres queridos; pero esta condición ha cambiado, debido a que el tránsito vehicular en Lima es cada vez más intenso.

Ahora bien, las preferencias cambian según distritos. Quienes desean una propiedad en Villa María del Triunfo, Puente Piedra y Chorrillos sí consideran importante estar cerca de sus parientes. Los que prefieren Jesús María y San Borja, en cambio, tienen como prioridad la tranquilidad.

Cano añade que el perfil del comprador ha variado mucho en los últimos dos años, ahora son más exigentes, demandan no solo un precio justo sino buenos acabados y una distribución inteligente.

Según el reporte de Capeco, los servicios comunitarios que más interesan a los compradores son las zonas verdes (15,85%), la televisión por cable (12,86%), las guarderías (10,84%) y la portería (9,87%), que asegure la entrada y la salida de personas. Respecto al entorno urbano, la cercanía a rutas de transporte público (21%), la proximidad a un centro comercial (12%) o a un centro de salud (7%).

Para Giovanna Arellano, gerenta de la consultora Progestión, los proyectos con concepto ‘casa club’ tienen una demanda creciente porque cuentan con áreas sociales para grandes y chicos. Los que brindan servicios como lavanderías o salas grandes para celebrar cumpleaños tampoco se quedan atrás.

LAS CIFRAS Y PREFERENCIAS

¿Qué desean comprar los limeños?

53.19% – Lotes con servicios básicos
7.71% – Lotes sin servicios
15.3% – Casa
23.8% – Departamento

¿Cuánto tiempo están dispuestos a esperar por la entrega de un inmueble?

69.71% – Hasta 3 meses
16.65% – 4 a 6 meses
8.07% – 10 a 12 meses
5.57% – otros

Preferencias en acabados

Sala/Comedor
66.22% – Losetas cerámicas
18.34% – Vinílicos y laminados
15.44% – Parquet

Dormitorio
66.02% – Parquet
17.89% – Losetas cerámicas
12.92% – Vinílicos y laminados
3.17% Alfombra

Puertas Exteriores
65.24% – Madera
6.06% – Fierro
28.7% – Fierro con vidrio

Distritos preferidos en Lima

9.07% – Surco
8.34% – Ate
7.79% – San Juan de Lurigancho
5.61% – San Borja
4.53% – Comas
4.29% – Los Olivos
4.07% – Jesús María
4.00% – San Martín de Porres
3.97% – Puente Piedra
304% – Carabayllo
2.78% – Chorrillos
2.68% – Villa María del Triunfo

Servicios que influyen en la compra

12.86% – TV-Cable
10.84% – Guardería
15.85% – Zona verde
9.87% – Portería

Tamaños de inmuebles que se buscan
12.86% – menos de 50m2
10.84% – de 51 a 75 m2
15.85% – de 76 a 100 m2
9.87% – de 101 a 150 m2
9.87% – de más de 150 m2

» Ver infografía aquí

Fuente: Publicado el 29 de enero de 2015 / Medio: El Comercio.

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