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Aprobado decreto legislativo de alquiler-venta para viviendas

Hoy, el Presidente de la República, Ollanta Humala promulgará el Decreto Legislativo 1177 que establecerá el mecanismo del sistema del alquiler-venta que contribuirá a que más peruanos hagan realidad el sueño de la casa propia.

El titular del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano, informó hoy, viernes 17 de julio del 2015, que el Gabinete aprobó el Decreto Legislativo que establecerá el mecanismo de alquiler – venta para viviendas y que en horas de la tarde, el Presidente Ollanta Humala promulgará esta norma legal en Palacio de Gobierno.

El Jefe del Gabinete señaló que este dispositivo legal permitirá que el Perú se convierta en un país de propietarios.

¿Cómo funcionará?

Aquellos inquilinos interesados en comprar la vivienda que están ocupando, podrán hacerlo en dos o tres años, sin perder lo pagado pues este dinero servirá para pagar la propiedad y hará las veces de una cuota inicial. Estos interesados también podrán acceder al crédito MiVivienda o Techo Propio y terminar de cancelar así la vivienda alquilada.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento explicó que para ello se creará un régimen contractual nuevo con unos formatos estandarizados y un registro a cargo del sector Vivienda que le de seguridad jurídica al propietario.

¿Cuáles serán esos nuevos formularios?

1. Formulario Único de Arrendamiento (FUA).
2. Formulario Único de Alquiler – Venta de inmuebles destinado a vivienda (FUAV).

Los formularios deben ser suscritos ante Notario Público y una copia certificada servirá para su registro en el Registro Administrativo de Arrendamiento para Vivienda (RAV) y en el Registro de Precios de SUNARP.

El Contrato de Alquiler Venta se celebrará solo con el FUA. En caso se financie la compra del inmueble a través del sistema financiero, deberá calificarse el comportamiento de pago del arrendatario a lo largo del alquiler venta, pudiendo financiarse hasta el 100 por ciento del precio pactado.

Según los cálculos de Diviso Grupo Financiero la esperada ley de leasing inmobiliario y alquiler venta para comprar viviendas permitiría que las cuotas mensuales sean menores a los alquileres que pagan actualmente.

Por su parte el ministro Milton von Hesse, estimó que este mecanismo operaría desde octubre ya que el sector privado tiene que adaptarse al reglamento.

Esta iniciativa (además del Leasing Inmobiliario) permitirá que el sector Construcción registre un crecimiento entre 8% y 10% .

Finalmente, Cateriano manifestó que esta iniciativa legislativa ha generado una gran expectativa en el mercado inmobiliario y económico financiero, razón por la cual considera que impulsará el campo de la construcción y en consecuencia, se dará un impulso a la economía nacional.

Lee aquí el Decreto Legislativo 1177 que establece el Régimen de Promoción del Arrendamiento para Vivienda o llamado leasing inmobiliario publicado el sábado 18 de julio del 2015 en el diario El Peruano. El ministro Von Hesse señaló que a inicios de octubre, o probablemente antes, espera tener listos los reglamentos y demás formatos que permitirán la aplicación de esta ley.

Fuente: Andina, ADI, Latina

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Con ley de leasing se accederá a una hipoteca sin estar en planilla

La norma contempla un Registro Administrativo para Vivienda (RAV), el que serviría para que las familias que alquilan una casa o departamento formen su historial crediticio.

Uno de los requisitos que la mayoría de bancos pedía a las personas que solicitaban un crédito hipotecario es demostrar un ingreso regular y estar dentro de una planilla, algo que, en la actualidad, solo cumplen el 30% de los peruanos, el otro 70% de trabajadores son informales o trabajan independientemente y no cuentan con planilla.

Sin embargo, con la entrada en vigencia de la «ley de arrendamiento» (que contempla el leasing inmobiliario y el alquiler – venta de viviendas) esto ya no sería una traba para que las personas que tengan ingresos irregulares accedan a este tipo de préstamos, pues la norma contempla un Registro Administrativo para Vivienda (RAV), el que serviría para que las familias que alquilan una casa o departamento formen su historial crediticio. Este RAV será administrado por el Fondo Mivivienda.

“El Fondo Mivivienda tendrá una participación muy activa, porque además de tener todo el registro de inquilinos, canalizará la información de la oferta inmobiliaria para las personas interesadas en adquirir una vivienda”, explicó el titular del MVCS.

Agregó que la entidad orientará a las familias a escoger la modalidad más conveniente para acceder al sueño de la casa propia.

El ministro remarcó que la norma, a emitirse en los próximos días, beneficiará a 30 mil familias en el primer año de vigencia.

“Es una modalidad muy simple. Se paga un pequeño derecho por habitar una vivienda nueva y a partir de ahí se ingresa a un esquema de alquiler donde al final del periodo de pago se tiene la opción de compra”, precisó el ministro von Hesse.

Entonces tenemos que este mecanismo de alquiler-venta permitirá a las personas acceder a una vivienda firmando un contrato de alquiler-venta. Éste es un contrato de alquiler por dos a tres años que permitirá a una familia mudarse a una vivienda sin pagar cuota inicial. Si cumplido el plazo del alquiler la familia demostró buena conducta de pago, el banco aprueba un crédito hipotecario y el contrato de alquiler se convierte en una compraventa.

De acuerdo al proyecto de ley del Régimen de Promoción del Arrendamiento para Vivienda, el RAV no sustituye ni reemplaza al Registro de Predios de la Sunarp y será de público conocimiento con el objetivo de que los agentes puedan verificar previamente la buena conducta contractual con quienes suscribirán contratos. Por eso, sostuvo que las entidades financieras evaluarán de forma periódica mediante alquiler a sus potenciales clientes, y para eso el RAV es una buena medida, pues será de conocimiento público.

Si bien, el ministro consideró que el leasing es una buena medida, ya que permite el acceso de forma inmediata a la vivienda, por otro lado también recalcó que uno de los obstáculos es que tanto el constructor como el banco serán los dueños de la propiedad hasta que se cancele todo el costo del inmueble, ya que esto asegura la inversión de las empresas y permitirá el desalojo sin acudir al Poder Judicial, en caso exista una morosidad que sea mayor a los tres meses.

Para esta semana ya se espera la publicación de la ley de arrendamiento en el diario oficial y para antes de fin de mes la publicación del reglamento respectivo.

El registro de arrendamiento beneficiará a 30 mil familias en el primer año de vigencia.

Fuentes: La República, Gestión

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Congreso vota a favor del leasing inmobiliario

El Congreso del Perú aprobó el 18 de junio pasado, el pedido de facultades presentado por el Ejecutivo para legislar en materia económica, financiera y administrativa con la finalidad de dinamizar el crecimiento nacional.

Los congresistas decidieron votar una por una las nueve propuestas del Ejecutivo para legislar en materia económica. En ese sentido, se aprobaron los incisos  A, B, G, H, I del artículo 2 del proyecto de ley 4562 y se rechazaron los C, D, E, F

El Parlamento incluyó en el inciso “I” la propuesta de leasing inmobiliario, que el Ejecutivo crearía con las facultades legislativas en materia económica.

congreso_vota a favor_leasing_inmobiliario

La «Ley de alquileres» que contempla el leasing inmobiliario y el alquiler-venta de viviendas en el país será una de las normas que entrarán en vigor gracias a las facultades que el jueves 18 de junio pasado, el Congreso dio al Ejecutivo para legislar en materia económica.

Según expuso el ministro de Vivienda Milton von Hesse, con el leasing inmobilario se otorgarían 20,000 viviendas.

“Lo que estamos proponiendo en las medidas es mecanismos que permitan, por un lado, darle la solución habitacional a las personas, especialmente a los sectores populares y con mucho énfasis a los segmentos medios profesionales jóvenes que empiezan su carrera y su vida profesional”, dijo durante su presentación en el Congreso.

Ambos mecanismos de promoción para la compra de vivienda (leasing y alquiler – venta) deben salir en los próximos días con sus respectivos reglamentos, de modo que los bancos, entidades financieras, empresas inmobiliarias y los propios arrendatarios puedan adaptarse.

Sin embargo, se espera que sean los desarrolladores, que cuentan con un stock de viviendas listas para entregar, quienes pongan el mecanismo en el mercado antes que los propios bancos.

Por esta misma razón es que el Ministerio de Vivienda estima que dichas medidas tendrán su mayor impacto en el 2016.

Von Hesse, indicó que con el impulso que tengan las colocaciones de viviendas gracias al leasing y al alquiler-venta (30 mil casas) el sector crecería este año en 5% y el próximo año retomará un ritmo superior a los dos dígitos, como hasta hace algunos años lo hacía.

También mencionó que uno de los objetivos principales de esta norma es proteger al arrendatario.

Se plantea que las personas jurídicas que se dediquen a las actividades de construcción o arrendamiento gocen de la exoneración del IGV por un plazo de tres años.

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE LEASING Y ALQUILER-VENTA?

En una reciente entrevista al diario Gestión, el Ministro de Vivienda Milton von Hesse, explicó algunos detalles sobre cómo funcionaría este nuevo sistema de adquisición de viviendas y la diferencia que existe entre el leasing y el alquiler-venta.

Mientras que el ‘leasing’ sería la modalidad alquiler-venta que van a ofrecer los bancos y entidades financieras, el alquiler-venta estaría más orientado a las inmobiliarias y constructoras que quieran entrar, asumiendo ellas el riesgo de financiamiento, para ofertarle viviendas a la gente bajo esta modalidad.

A continuación parte de la entrevista:

P: Ya entrando a las medidas en concreto, usted comentó que del monto que destina el arrendatario un 70% iría al pago de alquiler y un 30% a la capitalización, ¿pero se refería al mecanismo de alquiler – venta o al de leasing?

R: En verdad, a ambos en una primera aproximación. Estimábamos un componente de 30% – 70%, pero el real porcentaje se va a determinar entre la oferta y la demanda, y ahí también se va a determinar el costo del financiamiento en estas modalidades.

P: ¿Cuál es la diferencia entre leasing y el alquiler-venta?

R: El leasing es la modalidad alquiler-venta que van a ofrecer los bancos y entidades financieras, y alquiler-venta es más orientado a las inmobiliarias y constructoras que quieran entrar, asumiendo ellas el riesgo de financiamiento, para ofertarle viviendas a la gente bajo esta modalidad.

P: ¿Cuál sería el atractivo de asumir este riesgo?

R: Hoy día hay más de 20,000 viviendas nuevas de clase media que están en stock y que no se han vendido por la desaceleración. Puedes seguir asumiendo el costo financiero de tener un stock de viviendas o las ofreces agresivamente en el mercado para que entres en la modalidad de alquiler-venta.

P: ¿Pero bajo esta modalidad se tardarían una eternidad en pagar la vivienda?

R: Al ser un alquiler formal, le vas a demostrar al banco que eres sujeto de crédito, porque vas a presentar tus boletas en las que has pagado mes a mes tu alquiler, y al cabo de dos años puedes tomar la opción de seguir pagando por 10 años más o te sales del alquiler-venta y se pide financiamiento, incluso en el Fondo Mivivienda.

P: ¿Y ya no habría cuota inicial?

R: No, en este esquema no existe cuota inicial en ningún caso. La norma te permite no pedir la cuota inicial. De lo que se trata es de que tú tengas todas las posibilidades y que la modalidad de financiamiento no sea un problema para acceder a la vivienda.

P: ¿Pero cómo será la parte operativa en el caso del leasing, por ejemplo?

R: Lo que estamos imaginando en la parte operativa es que los bancos tendrán plataformas y una cartera de proyectos como es ahora el Fondo Mivivienda. El trato será directamente con el banco (y ya no con una desarrolladora inmobiliaria).

¿CÓMO FUNCIONARÁ LA MODALIDAD DE LEASING INMOBILIARIO?

El leasing inmobiliario servirá para que las personas reciban un primer financiamiento de una entidad financiera, que tras pagarse permitiría haber acumulado el equivalente a una cuota inicial.

El monto del financiamiento y el plazo de pago del leasing inmobiliario variará según cada caso.
Luego la persona deberá pagar el valor restante de la vivienda en cash o a través de un crédito hipotecario

El leasing inmobiliario se aplicaría a entre el 20% o 30% del valor del inmueble (el porcentaje variará según el acuerdo entre las partes) y podría ir pagándose en tres a diez años (el plazo también puede variar).

Las cuotas de pago mensuales del leasing estarán compuestas por dos variables, el capital del valor del inmueble y el monto de intereses (que sería el equivalente al alquiler).

Una vez acabado ese periodo del leasing, la persona podrá financiar el porcentaje restante del valor del inmueble a través de un crédito hipotecario.

La tasa de interés que se aplique al financiamiento del leasing inmobiliario sería menor al utilizado en un crédito hipotecario, pues el monto y riesgo de no pago serán menores.

El Ministro de Vivienda, Milton Von Hesse, refiere que con el sistema del leasing inmobiliario “de a poquitos” se empezará a adquirir una propiedad. “Una parte de la cuota a pagar se capitalizará a favor de la persona”, explicó en un medio radial.

El ministro señaló que al final del periodo del leasing inmobiliario, la persona podrá pagar al cash el saldo restante del valor de la vivienda (tendría que haber ahorrado para ello) o hacerlo a través de un crédito hipotecario.

“Como ya tendré la historia de pago del leasing, podré acceder al crédito hipotecario, incluso dentro del Fondo Mivivienda con el beneficio del Bono del Buen Pagador. Entonces cambiaré el leasing por el crédito”, explicó.

A lo largo del leasing inmobiliario, el propietario de la vivienda será la entidad financiera, mientras que al obtener el crédito hipotecario será la persona la que adquiera la propiedad.

Fuentes: Gestión, La República

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MVCS: Leasing inmobiliario y sistema alquiler-venta «tendrán que esperar»

El ministro de Vivienda, Milton von Hesse, informó recientemente a los medios que las medidas propuestas al Congreso para el sector inmobiliario en el Perú, tendrán que esperar porque no ha sido posible sustentar sus propuestas ante el Congreso en la fecha programada.

Para la reactivación del sector inmobiliario, el MVCS iba a exponer la propuesta de leasing inmobiliario y el sistema de alquiler- venta de viviendas, que se estimaba iba a empezar en octubre.

El ministro Von Hesse precisó que esta norma, en tanto contempla la exoneración del IGV para el pago del alquiler, no podrá ser emitida bajo la modalidad de Decreto de Urgencia, pues estos están limitados únicamente al campo económico y financiero por carácter extraordinario y de emergencia.

El Gobierno tiene previsto implementar esta nueva ley de arrendamiento, que incluye incentivos tributarios para los alquileres, en el marco del pedido de facultades legislativas que hará el Ejecutivo al Congreso para legislar en materia económica, financiera y administrativa.

Al respecto, Von Hesse precisó que dicha normativa estaría lista en 15 días después de la delegación de facultades.

Por esta razón, dijo Von Hesse, «este mecanismo, esperado por un segmento importante de la población para acceder a vivienda y, por otro lado, por las constructoras e inmobiliarias para reactivar el sector, tendrá que retrasarse algunos meses”.

El ministro también comentó algunos nuevos alcances acerca de la ley de arrendamiento.

Al respecto afirmó que la tasa de interés que se ofrecerá en el alquiler-venta de viviendas o leasing inmobiliario será menor a la que se oferta en los créditos hipotecarios (9%), ya que los riesgos de este producto financiero son menores.

«Yo estoy seguro que sí, (serán más bajas) ese es nuestro pronóstico pero todo dependerá del mercado y de las financieras. las bancas y las cajas, por ejemplo, apuntan a diferentes perfiles de riesgo y por consecuencia, alican tasas diferentes», remarcó.

Subrayó también que la ley de arrendamiento no sustituirá a los actuales productos hipotecarios, sino que se mostrará como una alternativa más para el segmento medio, aquel que no puede acceder a un crédito hipotecario.

Sobre el valor de la cuotas bajo el esquema de alquiler-venta dijo que “si la cuota es más alta, comparada con la de un crédito inmobiliario, el período de pago será más corto, pero, por otro lado, el mercado tampoco va a aplicar cuotas altas, pues habría un desincentivo al mecanismo del leasing”.

De igual modo, consideró que el porcentaje de la cuota destinado a amortizar el pago de la vivienda se situará alrededor del 30%, aunque ello también lo determinará el mercado.

Acerca del Bono del Buen Pagador, previsto también para este sistema de adquisición de vivienda, afirmó que “Al cabo de dos o tres años la familia tiene la opción de seguir en la modalidad de alquiler-venta o de solicitar un crédito hipotecario para la compra de la vivienda, y es en esa instancia que obtendría el BBP (Bono del Buen Pagador), el cual al entregarse por adelantado reduce la cuota”.

Fuentes: Gestion.pe, Andina.com.pe, elpaís.com

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