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AFP y Vivienda: ¿Cuándo y cómo tramitar el retiro de fondos?

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El trámite para retirar el 25% para vivienda aún no está vigente. Desde el pasado viernes 13 de mayo el proyecto ley aprobado por el Congreso ya está en manos del Presidente Ollanta Humala, quien tiene plazo hasta el 3 de junio (dos días antes de segunda vuelta) para promulgarla u observarla.

Sin embargo, desde el pasado lunes 16 de mayo los afiliados con 65 años o más, es decir en edad de jubilación, que opten por retirar hasta el 95.5% de sus fondos de pensiones de la AFP ya pueden iniciar sus trámites a nivel nacional.

[ Lee aquí las normas de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)  ]

¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER AL RETIRO?

Los aportantes que podrán acogerse a este beneficio aprobado por el Congreso son:

-Las personas que tengan 65 años cumplidos o más y que no tengan una pensión definitiva, es decir estén en trámite de su pensión o por comenzar un trámite de pensión.

-Los afiliados que se hayan acogido al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA), que son varones de 55 años o más y/o mujeres con 50 años o más que tengan doce meses o más de desempleo.

-Los jubilados que se encuentran recibiendo una pensión dentro de la modalidad de Retiro Programado.

-Los afiliados con una enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer que reduzca su expectativa de vida, podrán iniciar el trámite de jubilación anticipada y el retiro de hasta el 50% de sus aportes.

¿QUIÉNES NO PUEDEN RETIRAR SUS FONDOS?

Los afiliados a las AFP menores a 65 años, y aquellas personas que se hayan acogido a un régimen de pensión especial.

25% PARA VIVIENDA

Aldo Ferrini, gerente general de la AFP Integra, recordó que “aún no se puede realizar el proceso para el retiro del 25% de estos fondos previsionales para la compra de una primera vivienda, o para darle uso a manera de amortización de un crédito hipotecario, debido a que el proyecto ley aprobado por el Congreso aún está en manos del Ejecutivo”.

Sobre este punto afirmó que el último viernes 13 de mayo, el proyecto de ley llegó al despacho presidencial. El Presidente de la República, Ollanta Humala tiene como plazo 15 días para tomar una decisión, es decir la fecha límite es el viernes 3 de junio (dos días antes de la segunda vuelta presidencial), cuando decidirá si promulga u observa la citada ley.

PASOS PARA QUE JUBILADOS PUEDAN RETIRAR EL 95.5% DE SUS FONDOS

La norma que publicó la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (SBS) permite a los afiliados movilizar su fondo acumulado a una Cuenta individual de Capitalización (CIP). Este proceso permitirá a los afiliados disponer de sus aportes o continuar acumulándolos por más años.

1.- Los afiliados deberán acercarse a las AFP donde estén inscritos para informar que desean retirar hasta el 95.5% de sus fondos.

2.- La institución, recibida la petición, le brindará una asesoría sobre múltiples opciones que tiene de jubilación.

3.- Usted podrá tomarse hasta 7 días para decidir si retira el fondo acumulado, si toma algunas de las opciones señaladas por su AFP o también puede combinas ambas precisiones.

4.- Si decide retirar algún porcentaje de su fondo, la AFP deberá entregárselo hasta 3 días como máximo después de haberlo pedido.

CANALES DE ATENCIÓN PARA INFORMES. EVITA LAS COLAS

El ejecutivo indicó que las colas en las puertas de las AFP formadas por los jubilados que querían retirar sus fondos y por otras personas que deseaban informes sobre su situación han sido enormes desde el primer día de trámite. Mucha gente hacía la cola para averiguar si contaban o no con los requisitos para efectuar el retiro.

En este sentido, cabe resaltar que para ser informado sobre este trámite es importante solicitar una cita con la AFP correspondiente. Así, se evita que los adultos mayores realicen largas colas y se garantiza que cada contribuyente reciba la información personalizada que necesita para informarse bien y tomar la decisión correcta según su situación.

«Ha habido gente que ha ido sin una cita, ya sea porque no hizo los trámites para sacarla que es por el call center o vía web, o porque fue a consultar algún otro tema,  Lo que hemos tenido es mucha gente yendo a averiguar si es que realmente tienen o no la posibilidad de retirar el 95.5% de su fondo», sostuvo el gerente general de AFP Integra, Aldo Ferrini.

Evita hacer largas colas e infórmate primero por las vías alternativas que ofrecen las siguientes instituciones financieras:
 


Fuentes: elcomercio.pe, larepublica.pe, sbs.gob.pe


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Afiliados a AFP podrían usar el 25% para amortizar crédito hipotecario o pagar inicial

ley afp - blog abc inmobiliario

El pleno del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley que modifica la ley AFP (Ley 30425 publicada en El Peruano el 21 de abril del 2016). Los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) de cualquier edad podrán retirar el 25% de lo acumulado en Cuenta Individual de Capitalización (CIC) para amortizar la deuda de un crédito hipotecario vigente otorgado por el sistema financiero y/o para la cuota inicial de un primer inmueble.

Es decir que ahora no solo se podrá realizar la compra de una vivienda sino también de un terreno.

El congresista Jaime Delgado explicó que los afiliados al poder usar este 25% de sus fondos podrán amortizar su deuda de un crédito hipotecario y así reducir sus cuotas e ir consolidando la compra de su propiedad.

[ Lee aquí el texto oficial de la Ley 30425 (Ley AFP) publicada en El Peruano ]

Ley de AFP: El ministro de Vivienda hace las siguientes precisiones.

¿Cómo saber de cuánto se podrá disponer?

El ministro de vivienda recomendó a los afiliados que miren en su último estado de cuenta de la AFP, a cuánto asciende el fondo que hasta el momento han acumulado. Dividan ese monto entre cuatro y sabrán cuánto dinero podrían retirar de las AFP.

¿Cómo saber si alcanzará?

El fondo de AFP deberá al menos ser de 24.000 soles para que el 25% cubra la cuota inicial de las viviendas de más bajo precio que hay en Lima.

Dumler señaló que para aplicar al Programa Mivivienda (que otorga un bono por buen pagador), el valor de la vivienda no debe ser mayor que 260.000 soles, las cuales demandan una cuota inicial de 26.000 soles. Es decir, que el fondo acumulado en las AFP debería ser de 104.000 soles.

El Ministro sostuvo que en el mercado las viviendas de menor costo están en unos 60.000 soles (son de 42 metros cuadrados, en distritos no centrales). Para esas viviendas más bajas, la cuota inicial es de 6.000 soles, por lo que el fondo mínimo que debería tenerse acumulado es de 24.000 soles.

Otras precisiones:

¿Cuándo se podrá retirar el 25% de los fondos AFP?

La ley entrará en vigencia una vez que haya sido firmada por el presidente de la República y publicada en el diario oficial El Peruano. De acuerdo al congresista Jaime Delgado, esto debería darse la próxima semana. Adicionalmente, la SBS debe preparar un reglamento para que las empresas de AFP tengan definidas las reglas claras bajos las cuales sus afilidados podrán disponer del 95,5% de su fondo de pensiones.

¿Aprobará el Gobierno la Ley AFP? ¿Cuál es su opinión al respecto?

El presidente del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano, dijo que el presidente Ollanta Humala evaluará presentar un pedido de inconstitucionalidad contra la ley. «El Congreso ha herido de muerte el sistema privado de pensiones», dijo Cateriano.

Asimismo, dijo que la Defensoría del Pueblo debería pronunciarse porque con esta ley se está dejando sin pensión a los ancianos.

¿Qué posición tiene la Defensoría del Pueblo sobre la norma?

El Defensor del Pueblo, Eduardo Vega, dijo que la entidad que dirige no considera inconstitucional esta ley. Por el contrario, sostuvo que la ley constituye un avance que permitirá que las personas decidan sobre sus aportes y es una oportunidad para que los sistemas de pensiones y financiero ofrezcan mejores productos a los afiliados y futuros pensionistas, así como realizar una intensiva promoción de la cultura previsional en el país

¿Qué opina El MEF sobre el tema?

El ministro de Economía y Finanzas, Alonso Segura, también se pronunció sobre el tema y dijo que el proyecto requería de mayor reflexión. “Hay múltiple evidencia internacional sobre la necesidad de que la población en la etapa de la vejez cuente con una pensión, y uno de los componentes de esa ley van en contra de la situación”, dijo a RPP Noticias.

¿Cuántos afiliados se beneficiarán?

Según la Encuesta Nacional de Hogares (Enaho) 2014, un 22% de trabajadores, es decir, más de 4 millones, aporta al Sistema Privado de Pensiones.
De ese total, el 89% ya cuenta con una vivienda, lo cual es equivalente a 3 millones 600 mil personas. Se estima que de este porcentaje un 20% cuenta con una vivienda  social (financiada por el Fondo Mivivienda), que equivale a 720 mil personas, que serían las que se beneficiarían con el uso del 25% de sus fondos previsionales y que podrán reducir su monto de deuda.

[ Lee aquí el texto oficial de la Ley 30425 (Ley AFP) publicada en El Peruano ]

¿Las compañías de AFP privadas están en contra del retiro de los fondos?

En el mercado local hay cuatro empresas de AFP: Hábitat, Prima AFP,  Profuturo y AFP Integra,  Esta última se pronunció oficialmente señalando que no existe inconveniente alguno para cumplir con la devolución de los fondos de quienes opten por el retiro de hasta el 95.5% de estos.

En realidad, las AFP no se verán perjudicadas por esta ley porque seguirán administrando el dinero de los afiliados y sus comisiones no se reducirán. Las que se verán perjudicadas serán las compañías aseguradoras.

¿El régimen de jubilación anticipada sigue vigente?

El régimen de jubilación anticipada, conocido como REJA, estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2018. Así lo aprobó el Congreso. Este régimen permite acceder a la jubilación anticipada a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que tengan como mínimo 55 años para el caso de los varones y 50 años para las mujeres y se encuentren en situación de desempleados desde hace 12 meses.

¿Podré usar mi fondo de AFP como garantía para adquirir una vivienda?

Sí, parte del proyecto aprobado por el Congreso establece la posibilidad de este mecanismo. Se señala que el afiliado a las AFP podrá usar el 25% del fondo acumulado en su cuenta individual de capitalización “como garantía para la cuota inicial de un crédito hipotecario para la compra de una primera vivienda”.

Las modificaciones fueron aprobadas por los congresistas por unanimidad con 64 votos a favor. La norma fue exonerada de segunda votación por lo que quedó lista para su promulgación por el Ejecutivo.

Ahora, el Ejecutivo debe decidir si observa o no la modificación a ley que permite retirar 25% de fondos de AFP para comprar inmuebles.

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Fuentes: diariocorreo.pe, elcomercio.pe, semanaeconomica.com, larepublica.pe, elperuano.com.pe

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Ministerio de Vivienda duplicó el Bono Familiar Habitacional de programa Techo Propio

blog-abc-inmobiliario-inversiones-el-pino-18.04.2016

Con el objetivo de impulsar la compra de viviendas entre las familias con menores recursos, el Ministerio de Vivienda elevó hasta el 136% el subsidio que aplica al programa Techo Propio y también aumentó el valor máximo que podrán tener estas viviendas.

El Bono Familiar Habitacional (BFH) subió de S/ 11,850 a S/ 28,045. Es decir, el subsidio (bono) se incrementó en 136%. Esta medida permitirá que más familias de bajos recursos tengan acceso a un crédito hipotecario, pues el subsidio ahora cubrirá hasta el 58% del valor del inmueble, informó el Ministerio de Vivienda.

El cambio se aplica solo a la adquisición de viviendas nuevas o la construcción en sitio propio.

[ Aquí la Resolución Ministerial N°091-2016 publicada en el Peruano ]

Así, para la adquisición de viviendas nuevas en Techo Propio, el valor máximo del inmueble era de S/ 55,300 (14 UIT), con un bono de S/ 11,850 (3 UIT).

Pero ahora el valor máximo de la vivienda será de S/ 79,000 (20 UIT), con un bono de S/ 28,045 (7.1 UIT). Es decir, el subsidio (bono) se incrementó en 136% (el valor de la UIT es de S/ 3,950).

El ministerio de Vivienda refirió que el cambio se debe a que las familias tenían problemas para acceder a créditos de las entidades financieras, pues el valor de las cuotas a pagar excedían el 30% de sus ingresos mensuales (el subsidio solo cubría el 20% del valor de la vivienda).

“El incremento del Bono Familiar Habitacional (BFH) permitirá cubrir el valor de la vivienda en un porcentaje que oscila entre el 36% hasta el 58%, por lo que los grupos familiares serán pasibles de créditos con un menor nivel de endeudamiento”, subraya la exposición de motivos de la resolución emitida ayer por el Ministerio de Vivienda.

LOS REQUISITOS

Con respecto a los requisitos, la resolución señala que tanto para el registro de proyectos en la modalidad de adquisición como de construcción en sitio, se deberá presentar al MVCS un expediente con un cuadro de resumen presupuestal en soles, incluyendo el costo del terreno, la habilitación urbana y de la edificación.

Los documentos deberán ser firmados por el constructor o promotor o su representante legal. La modificación entra en vigencia hoy y no será retroactiva.

DATOS CLAVE

  • Mediante Resolución Ministerial N°091-2016, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) modificó el reglamento operativo para acceder al bono familiar habitacional (BFH).
  • Mediante la Ley N°27829, se creó el bono familiar habitacional (BFH), el cual se otorga en los ámbitos urbano y rural por una sola vez a los beneficiarios, sin cargo de restitución, y constituye un incentivo o complemento del ahorro.
  • El BFH es parte del programa Techo Propio del MVCS y se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda.
  • El valor actual de una unidad impositiva tributaria (UIT) es de S/3,950.

Fuentes: Gestion.pe, Peru21.pe

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Más de 15,000 oportunidades de vivienda en la FIP 2016

fip 2016

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[ Visita aquí la web oficial de la FIP 2016 ]

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Además, separando tu vivienda en la FIP 2016 puedes ganarla equipada, ya que entras al sorteo de:

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[ Términos y condiciones + mecánica del sorteo aquí ]

La cuarta edición de la FIP se desarrollará entre el 21 y el 24 de abril, en el Parque de la Exposición, donde las inmobiliarias participantes ofrecerán precios y facilidades para que más peruanos cumplan con el sueño de la casa propia.

En esta oportunidad, el ingreso tendrá un costo de 5 soles por grupo familiar.

Asimismo, se presentará una importante oferta de viviendas, ya sean lotes urbanizados o departamentos, dirigida a compradores de los niveles socioeconómicos B, C y D. Estos podrán escoger su casa soñada en 35 distritos de la capital, entre los que figuran San Miguel, Jesús María, Pueblo Libre, Magdalena, así como los ubicados en el cono Norte, Sur y Este.

Se espera la visita de más de 25, 000 potenciales compradores y la expectativa en ventas es igualar o superar los S/. 4,000 millones de la primera edición, FIP 2014.

La página web oficial de la FIP 2016 ha puesto a disposición un registro online para que los inscritos ingresen como invitados VIP y eviten hacer largas colas. Para ello se ha habilitado un ingreso exclusivo donde los visitantes VIP recibirán de regalo el catálogo de expositores y la revista informativa.

Regístrate aquí para ser invitado VIP del evento ]

Las consultas se están respondiendo a través del canal Facebook del evento donde además se pueden observar algunos de los proyectos que se ofertarán en esta II Feria Inmobiliaria del Perú – FIP 2015.

Entre las empresas inmobiliarias participantes encontramos a Inversiones El Pino, Centenario Urbanizaciones, Líder, los Portales, Gerpal, Urbana, Ciudaris, Edifica, Imagina, Menorca, ProHabitat, entre otras.

[ Visita aquí la web oficial de la FIP 2016 ]

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