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Leasing inmobiliario sigue adelante y estaría listo en dos semanas

El nuevo ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Francisco Dumler, reveló hoy que el reglamento de Ley de Leasing, que promueve el arrendamiento mediante el alquiler-venta y el Leasing inmobiliario, estará listo durante las próximas 2 semanas, para su inmediata publicación.

“En estos momentos sólo nos queda pendiente la consulta al Ministerio de Justicia en materia legal y constitucional, culminado ello estaríamos pasando al Ejecutivo el reglamento del Decreto Legislativo N° 1177 para su suscripción final”, manifestó Dumler.

“Con ello estamos cumpliendo con lo prometido por el Ministerio de Vivienda anterior de publicar el reglamento antes del plazo final que vence el 25 de noviembre”, apuntó.

De esta manera, el reglamento de la ley que promueve el arrendamiento mediante el alquiler-venta y el Leasing inmobiliario sería publicado antes de lo pactado.

“Con ello estamos cumpliendo con lo prometido por el Ministerio de Vivienda anterior de publicar el reglamento antes del plazo final que vence el 25 de noviembre”, señaló el funcionario.

El ministro estimó que las familias peruanas estarían accediendo a una vivienda a través de las modalidades de arrendamiento a partir del primer trimestre del 2016, dependiendo de la velocidad del sistema financiero en ofrecer estos productos.

“Lo que el Gobierno ha hecho es aumentar el espectro de opciones en los diferentes estratos sociales para que los diferentes perfiles de familias accedan a una vivienda acorde a sus realidades”,  indicó.

Ley de Leasing permitiría cuotas desde S/.295 soles sin inicial

Capitalización inmobiliaria

Dumler adelantó que el reglamento del decreto legislativo N° 1196, que promueve la capitalización inmobiliaria, estará listo a fines de noviembre.

“Actualmente el reglamento de capitalización inmobiliaria está siendo revisado por el Ministerio de Economía y Finanzas, con el que estamos en coordinación. Estimo que estará listo a finales de noviembre o la primera semana de diciembre”, refirió.

El nuevo ministro del sector brindó estas declaraciones tras inaugurar la XX Exposición Internacional de Innovaciones de la Construcción (Excon 2015), organizada por la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco).

¿Crédito hipotecario, leasing o capitalización inmobiliaria?

Por su parte, El gerente del Fondo Mivivienda, Gerardo Freiberg, recomendó como primera opción buscar un crédito hipotecario, porque da la seguridad de tener la propiedad del inmueble. Si no se cuenta con calificación crediticia se pueden evaluar las opciones del leasing y capitalización inmobiliaria.

Sobre este punto explicó lo siguiente: “Hoy si tú eres calificado para una hipoteca deberías tomar una hipoteca, pues el leasing incorpora unos costos vinculados que van a ir bajando en el tiempo. Entonces, si te va a costar lo mismo una hipoteca y un leasing, y calificas a una hipoteca, creo que irse por una hipoteca es el camino más seguro”.

El leasing inmobiliario resultará menos costoso (menos tasa de interés), pero recién en el mediano plazo, indicó.

“Si es que no calificas a una hipoteca, pues el plazo que te piden de evaluación es muy largo y sabes que puedes ahorrar, entonces sí es importante ir por el leasing directo o alquiler con opción a compra con la hipoteca”, agregó.

Y en el caso de las personas con capacidad de ahorro que no alcanza para la cuota del crédito hipotecario o leasing, una buena alternativa será la capitalización inmobiliaria, señaló Freiberg.

Fuente: Andina.com.pe

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Casas nuevas para familias de zonas vulnerables

Así lo dispone el decreto legislativo 1226, publicado el pasado 25 de septiembre de este año. Este decreto modifica la ley nº 27829, ley que crea el bono familiar habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable.

La población asentada en zonas vulnerables o de riesgo a desastres naturales contará, mediante el programa “Techo Propio” del Ministerio de Vivienda, con un subsidio que le permitirá adquirir otra vivienda y mudarse.

El Gobierno asegura que en 30 días se emitirá el reglamento que establecerá el procedimiento para acceder a los beneficios de este programa.

Al respecto, el ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), Milton von Hesse, explicó que a partir de la experiencia de Belén, en Iquitos; y Chosica, en Lima; se ha preparado esta nueva iniciativa según la cual las familias asentadas en zonas vulnerables entregarían sus viviendas con título de propiedad a cambio del Bono Familiar Habitacional (BFH) que les permitirá acceder a una casa nueva.

Lee aquí el texto completo del decreto legislativo 1226

El artículo 2 del decreto sobre “Vivienda de Interés Social (VIS)” dice textualmente lo siguiente:
“Para efectos de la presente Ley, Vivienda de Interés Social es una solución habitacional cuyo valor máximo es el equivalente a veinte (20) UIT . Dicho valor máximo se actualiza mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y por el Ministro de Economía y Finanzas. Mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS se establece el valor de las viviendas a priorizarse dentro del Programa Techo Propio».

¿Quiénes podrán acceder a este beneficio?

El artículo 3 de esta nueva norma indica que «son beneficiarios del Bono Familiar Habitacional – BFH, las familias, en los ámbitos urbano y rural, que carecen de recursos suficientes para obtener o mejorar una única solución habitacional.

“Las viviendas de Techo Propio deben tener un valor máximo de 20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, S/. 77,000. El subsidio, llamado Bono Familiar Habitacional (BFH), varía entre S/. 15,400 y S/. 19,250, de acuerdo al precio de la vivienda”, precisa el decreto.

Cabe recordar que hasta la publicación de esta norma solo podían acceder al Bono del programa Techo Propio las familias con un ingreso neto mensual menor a S/.1, 915 soles.

¿Sabes qué es el programa Techo Propio? Infórmate aquí

Buscador de proyectos Techo Propio ingresa aquí

El decreto legislativo 1226 dispone también que “para ser considerado beneficiario de atención extraordinaria del BFH, la vivienda debe encontrarse ubicada en zona de muy alto riesgo no mitigable o estar colapsada o inhabitable a consecuencia de una emergencia o desastre”.

“En caso la población se encuentre ubicada en zona de muy alto riesgo no mitigable, procede su reubicación la cual se realiza en el marco de la Ley Nº 29869, Ley de reasentamiento poblacional para zonas de muy alto riesgo no mitigable; asimismo en la zona desocupada se realiza las acciones dispuestas en el artículo 19 de la referida Ley, declarándose dicha zona de dominio público mediante resolución de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN. Los criterios de focalización para el otorgamiento del BFH se establecen mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministro de Economía y Finanzas”, especifica el texto.

Finalmente, el ministro von Hesse informó a los medios que también se están ejecutando acciones de prevención contra la eventual presencia del Fenómeno de El Niño. Estas acciones comprenden la descolmatación de ríos y drenes y la instalación de Plantas Potabilizadoras de Agua en las zonas más vulnerables.

Fuente: vivienda.gob.pe, elperuanolegal, gestión.pe

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¿Crédito hipotecario, leasing o capitalización inmobiliaria?

El pasado 9 de septiembre de 2015, el Gobierno publicó la norma de capitalización inmobiliaria. Este nuevo sistema para adquirir una vivienda se sumará al tradicional crédito hipotecario, además de los nuevos leasing inmobiliario y alquiler-venta. La Reglamentación de estas normas aún se encuentra en proceso por parte del Ejecutivo.

Cuando estas normas estén en ejercicio ¿cuál será la mejor opción?

El gerente del Fondo Mivivienda, Gerardo Freiberg, recomendó como primera opción buscar un crédito hipotecario, porque te da la seguridad de tener la propiedad del inmueble. Si no se cuenta con calificación crediticia se pueden evaluar las opciones del leasing y capitalización inmobiliaria.

Sobre este punto explicó lo siguiente: “Hoy si tú eres calificado para una hipoteca deberías tomar una hipoteca, pues el leasing incorpora unos costos vinculados que van a ir bajando en el tiempo. Entonces, si te va a costar lo mismo una hipoteca y un leasing, y calificas a una hipoteca, creo que irse por una hipoteca es el camino más seguro”.

El leasing inmobiliario resultará menos costoso (menos tasa de interés), pero recién en el mediano plazo, indicó.

“Si es que no calificas a una hipoteca, pues el plazo que te piden de evaluación es muy largo y sabes que puedes ahorrar, entonces sí es importante ir por el leasing directo o alquiler con opción a compra con la hipoteca”, agregó.
Y en el caso de las personas con capacidad de ahorro que no alcanza para la cuota del crédito hipotecario o leasing, una buena alternativa será la capitalización inmobiliaria, señaló Freiberg.

Por su parte, el ministro de Vivienda, Milton von Hesse, afirmó que el mecanismo de capitalización inmobiliaria es conveniente para personas que sí tienen ahorros para la cuota inicial, ya que al tener que pagar el alquiler y parte de la vivienda en una misma cuota, el plazo para cancelarla sería muy largo.

“Si tú no tienes un ahorro previo, lo más recomendable sería el alquiler-venta que después se va a combinar con el crédito hipotecario con algunos de los programas del Fondo Mivivienda”, recomendó Von Hesse.

Es por esta situación que el ministro reconoció que las cuotas mensuales que se pagarán en la capitalización inmobiliaria serán más caras que el alquiler-venta, ya que se permite pagar la vivienda desde el momento en que se comienza a habitar.

Von Hesse afirmó que todos los mecanismos para activar el mercado de viviendas, son flexibles y el uso o no de la cuota inicial dependerá del acuerdo entre el banco y el cliente.

“Lo que importa es que ahora se tiene el doble de mecanismos financieros para acceder a una vivienda y ya mi perfil será diferente del tuyo y tendremos que ir a los proyectos de vivienda para escoger cuál es el que más me conviene a mí, dadas las características particulares de mi familia”, concluyó.

Fuente: gestión.pe

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Capitalización inmobiliaria sí devolvería lo aportado, leasing no

En el sistema de capitalización inmobiliaria sí se podrá recuperar lo aportado en caso se dejen de pagar las cuotas y no se concrete la adquisición del inmueble.

El ministro de Vivienda, Milton Von Hesse, explicó que en la capitalización inmobiliaria se constituirá un fondo en una entidad financiera donde el usuario pagará la cuota de alquiler y un adicional correspondiente a la capitalización, el cual será de su propiedad.

“En la capitalización sí se devuelve (en caso se dejen de pagar las cuotas). Allí un porcentaje de la cuota va a un fondo tuyo”, indicó el ministro. Es decir, se devolverá la parte correspondiente a la capitalización pero no el alquiler pagado.

Ello a diferencia del leasing inmobiliario, donde si el usuario deja de pagar las cuotas, no solo será desalojado, sino que no tendrá derecho a ninguna devolución de dinero.

“En el leasing ya no se te devuelve. Ese es un riesgo que el mercado lo entiende perfectamente”, anotó el ministro.

La posibilidad de dejar de pagar las cuotas se puede dar ya sea por un problema de ingresos de la persona o por un cambio en sus objetivos.

En el leasing habría algunas alternativas

“Si tu capacidad de pago se ve afectada y sientes que es temporal, puedes financiarlo, pero si es permanente, lo que puedes hacer es vender tu participación (a otra persona)”, indicó Von Hesse.

El ministro agregó que en tres semanas publicarían el Decreto Legislativo que regule la capitalización inmobiliaria, mientras que el reglamento del leasing inmobiliario sería publicado en octubre próximo.

Capitalización adicional al alquiler

El ministro Von Hesse precisó que la capitalización inmobiliaria implicaría un pago mayor respecto a un alquiler tradicional, pues a la cuota de alquiler se le sumará la cuota de capitalización.

“La cuota (total) comparado con el alquiler, podría ser un poco más alto por lo que sería más aparente para viviendas de mayor de valor”, apuntó el ministro.

¿Qué es la capitalización inmobiliaria?

La capitalización inmobiliaria es un nuevo cuarto mecanismo luego del arrendamiento, el leasing inmobiliario y el alquiler-venta. Estará dirigido a un segmento de precios medio, más alto que el segmento de precios al que estará dirigido el alquiler-venta y leasing inmobiliario.

“Es un mecanismo que complementa a los otros, pero por sus características específicas va para un segmento medio medio, no como los otros que van a segmentos más de B- hacia abajo”, precisó el ministro de vivienda.

Von Hesse explicó también que en este mecanismo, a medida que se pague el costo de la vivienda, la familia se irá convirtiendo en dueña de la propiedad, ya que la capitalización es mayor.

¿Cómo funcionará?

Esta nueva modalidad funcionará de forma parecida al leasing, pero con la diferencia de que con la capitalización inmobiliaria, desde el inicio, el cliente será cada vez más propietario de la vivienda con cada pago de su couta mensual. Con el leasing, la persona es propietaria recién al pagar el 100% del valor del inmueble.

En conferencia de prensa en el Ministerio de Vivienda, Von Hesse lo explicó así:

“Lo que pasa es que en el leasing en estricto no hay capitalización real sino implícita, pero formal y legalmente la vivienda no es tuya hasta que pagues al 100%. En el mecanismo de capitalización inmobiliaria la capitalización es explicita. Año a Año tendrás un porcentaje de propiedad del inmueble”.

Fuentes: gestion.pe, peru21.pe

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